Defensa del conductor del artista busca demostrar que la muerte del hijo de Diomedes Díaz fue por negligencia médica y no por exceso de velocidad en accidente, por ello solicitaron exhumar el cadáver del intérprete vallenato.
El cantante vallenato Martín Elías Díaz Acosta parece no descansar en paz. A un mes del inicio del juicio en contra del conductor Armando Quintero Ponce, acusado por el presunto delito de homicidio culposo por la muerte del artista, la defensa se alista para solicitar una prueba que ha causado malestar en las víctimas.
Ante un juez de control de garantías, se pedirá la exhumación del cadáver del intérprete que fue sepultado en Valledupar el 17 de abril de 2017, junto a la tumba de su abuelo Rafael Díaz y su padre Diomedes Díaz, en un multitudinario entierro.
Se trata de una maniobra jurídica y probatoria con la que intentarán demostrar la teoría que la causa de la muerte del cantautor vallenato fue negligencia médica y no exceso de velocidad de la camioneta en la que se transportaban luego de efectuar una presentación en Coveñas, Sucre.
Una prueba solicitada por la defensa del conductor con la que pretenden sustentar la teoría del deceso y controvertir la prueba técnica presentada por la Fiscalía en la más reciente audiencia.
Precisamente, en esa audiencia virtual efectuada el pasado 13 de julio en Sincelejo, causó revuelo la aceptación como prueba, por parte del juez cuarto penal de conocimiento, el informe de la ensambladora Automotores Toyota de Colombia, ATC.
Un reporte técnico que indicó que luego de analizar el computador del vehículo Toyota LC 200 de placas IWQ913 de propiedad de Martin Elías en el que sufrió el accidente de tránsito, éste alcanzó una velocidad de 158 kilómetros por hora.
La aceptación de esta prueba técnica, y aparentemente determinante en el caso, hizo pasar desapercibida la solicitud de una prueba con la que la defensa de Quintero intentará contrarrestarla.
Se trata de la exhumación del cadáver del artista con miras a realizarse una nueva necropsia. Es decir, efectuar otro análisis científico para volver a establecer la causa de la muerte del cantante.
El anuncio no se debatió en la audiencia, ni siquiera se aceptó por no ser el competente para decretarla. Sin embargo, quedó consignado oficialmente que la defensa del conductor acudirá ante un juez de control de garantías para argumentar su nueva petición probatoria.
Aunque la exhumación de cadáver contemplada en el artículo 217 del Código de Procedimiento Penal es una petición nueva, no lo es el argumento jurídico de la defensa.
Según una revisión al expediente, los argumentos de las partes y a todas las audiencias efectuada por la Agencia de Periodismo Investigativo, API, desde la audiencia de acusación el pasado 22 de noviembre, la defensa de Quintero ha insistido en su teoría de que la causa del deceso de Martín Elías fue, “una indebida e inoportuna atención médica en los centros médicos donde fue atendido”, afirmaron en ese momento, ante el juez de conocimiento.
Para los abogados, según fundamentos jurídicos conocidos y documentados por esta Agencia, la atención médica que se brindó primero en el Hospital de San Onofre y luego en la Clínica María de Sincelejo fue ineficiente. Esto al no contar con los equipos y el personal capacitado para atender un paciente en condiciones críticas.
Otro de sus cuestionamientos y que utilizarán como argumento ante el juez de garantías, que en una nueva audiencia debe definir la exhumación del cuerpo, es el hecho de que a pesar de que el primer centro médico al que fue trasladado el cantante el día del accidente está clasificado en nivel uno asistencial, este carecía de sala de reanimación con desfribilador, oxígeno y personal idóneo para realizar las maniobras de reanimación.
Adicionalmente, otros dos argumentos en que sustentarán la necesidad de la exhumación del cuerpo y una nueva necropsia son las declaraciones entregadas el día del accidente por el coronel Julio Sánchez, comandante de policía de Sucre, quien advirtió el mal estado de la vía que de Lórica, Córdoba, conduce a San Onofre, Sucre.
También se prepara el alegato de que justo en el momento del accidente, Martín Elías se estuviera cambiando de ropa y por lo tanto no tenía puesto el cinturón de seguridad.
En otras palabras, la defensa del conductor alegará una relación de causas atípicas o de posteriores circunstancias que derivaron en el deceso del cantante vallenato quien al momento de su fallecimiento tenía solo 27 años de edad, era casado, tenía dos hijos menores de edad, hacia parte de la denominada Nueva Ola del Vallenato, con diversas y exitosas producciones musicales. .
No obstante, la teoría jurídica de la negligencia médica en la atención hospitalaria al cantante que falleció luego del accidente por un paro cardiorespiratorio, no la comparten los abogados de la víctima, Dayana Jaimes la viuda del artista.
Afirman que la necropsia practicada en el Instituto Nacional de Medicina Legal evidenció que Martín Elías Díaz sufrió trauma cerrado de abdomen, lesiones cardiacas en epicardio, contusiones pulmonares bilaterales, edema pulmonar, contusión cardíaca, edema agudo pulmonar, edema agudo cerebral y laceración de pelvis renal izquierda
Según el documento forense, conocido por la Agencia de Periodismo Investigativo, API, el cantante además tuvo trauma de testículos, laceración pericardia, hemoperitoneo masivo, fracturas de arcos costales del 1 al 11, fractura de esternón, lesiones por mecanismos de fricción, escoriaciones múltiples en cara, espalda, miembros superiores e inferiores, “lesiones que al final produjeron su deceso”.
Para el abogado de las víctimas, Oscar Sierra, es impertinente e inútil la exhumación del cadáver. A su juicio no solo es revictimizar a la víctima, es decir a la familia, al tener que soportar injustificadamente este procedimiento, si no que además lo califica de inútil.
“Nosotros nos opondremos como es lógico a esa solicitud, el dictamen de Medicina Legal es concluyente. Las lesiones y trauma sufrido por Martin Elías fueron de extrema gravedad, así que la posibilidad de salvarle la vida, así hubiera sido en una institución de otro nivel asistencial era mínimo. Esas lesiones las dejó el resultado de conducir ese vehículo a 158 km/h” afirmó.
Adportas del comienzo del juicio en el mes de septiembre, la decisión queda en manos de un juez de control de garantías. El funcionario decidirá la petición de la defensa, si no la acepta, el caso continuará ante el juez de Sincelejo. Un doloroso episodio que lleva más de tres años en los estrados y que parece dilatar el descanso eterno de un artista al que todos admiraron.
Fuente: API Agencia de Periodismo Investigativo Norbey Quevedo
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