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LA BONDAD DE LAS EPS

Por Elvis Guerra

Desde la campaña presidencial se discutió el tema de la efectividad del actual sistema de salud de nuestro país, una discusión que se nos ha vuelto eterna diaria y sin final evidente al menos por ahora.

De acuerdo con la Ley 100, emitida el 23 de diciembre de 1993, en el país, la salud está determinada por dos regímenes: el subsidiado (gratuito) y el contributivo (privado); a esto se le conoce como sistema de financiación mixto, lo que significa que se sostiene tanto de “recursos públicos” como de recursos privados.

Una EPS, se encargan de afiliar y registrar usuarios, organizar y “garantizar” la prestación del POS. También remiten las cotizaciones de los trabajadores al FOSYGA y este, les devuelve una unidad de pago por capitación (UPC) por cada persona de la familia afiliada. 

Así  han funcionado desde la creación y aprobación de la ley, resaltando claro está, que son recursos públicos y están llamados a garantizar un derecho fundamental “la salud”.

Mucho se ha dicho y discutido sobre su efectividad y bondad.

Hoy por hoy, los juzgados de todo el país, están atiborrados de tutelas exigiendo no sólo atención y procedimientos, sino lo impensable: medicinas!

Aquí está fallando algo que la ley deja claro y es garantizar el manejo del recursos públicos.

Un reciente informe, afirma que las EPS tienen una deuda (cuentas por pagar) que alcanza los 25 billones de pesos, distribuida en las reservas técnicas y dinero que no le han girado a las IPS.

El gremio de las EPS del régimen contributivo dice que esto es un “problema estructural”.

Manifiesta de manera clara el informe que de acuerdo con la normatividad legal vigente, cualquier EPS legalmente constituida, puede operar cumpliendo con tres requisitos: contar con el capital mínimo, el patrimonio adecuado y las reservas técnicas.

Además del no pago de deudas, también se reveló que existió manejo NO adecuado de las reservas técnicas, de lo cual se colige, que sólo 5 de 26 cumplen con los requisitos establecidos para su correcta operación.

Es dable aclarar en este sentido, que esta es una de las mil formas de que particulares administren recursos públicos; sobre la teoría de que el estado no cuenta con las condiciones y es que esta teoría, nos tiene hoy por hoy secuestrados por operadores de todo tipo, que realizan funciones de estado si asumir las consecuencias de tal condición. 

Algunos partidos políticos se han envuelto en una defensa férrea, so pretexto de que se mejore más NO que se acaben, pero ninguno de ellos aporta estudios serios sobre el manejo de los recursos de sus defendidas, y con dicha conducta, pareciera nos llevan al lastre de aceptar que no son buenas y que se escoja entonces, las menos malas.

Si el sistema no está garantizando la atención y presenta fallas claras en el manejo del recurso público, existen las condiciones claras, precisas y de necesidad popular para reformarlo.

Se debe comprender que un derecho fundamental como la salud, conlleva garantizar el principio fundamental de la vida.

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