La decisión que tomó el Tribunal Administrativo del Cesar, favorece al alcalde de Valledupar, Mello Castro González, para que pueda adelantar procesos de selección y celebración de contratos por la suma de hasta siete mil salarios mínimos mensuales legales vigentes.
De esta forma, no es necesario que el mandatario actual ni los futuros alcaldes requieran la aprobación del Concejo para celebrar contratos, siempre y cuando estos no se encuentren en las excepciones establecidas en la ley.
“La ley le atribuyó al alcalde una facultad general para celebrar contratos como ordenador del gasto y director de la actividad contractual pública del municipio, mientras que a los concejos municipales le asignó la función de autorizarlo para celebrar los contratos aludidos, sin que se entienda que en todo momento requiera autorización para la celebración de cada contrato”, indica la sentencia proferida por el tribunal.
Toda esta situación fue generada porque la coalición mayoritaria del Concejo, había objetado la aprobación de varios proyectos entre los que se encontraban el alcantarillado pluvial, el acueducto de Patillal y un proyecto de energía fotovoltáica para el corregimiento de Azúcar Buena.
De esta forma, el tribunal consideró que el cabildo violó la Constitución al establecer una limitación en el tiempo y en la cuantía, a la facultad conferida al mandatario para celebrar contratos y convenios interadministrativos.
Aquí la sentencia completa: