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¿Colombia, en riesgo de volver a perder mar con Nicaragua? Abecé fallo de este jueves

Colombia y Nicaragua son ‘viejos conocidos’ en la disputa por el mar. En total, a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) han llegado tres demandas y en dos de esas, que ya se resolvieron, Colombia no salió tan bien librado, pues ya ha perdido parte de sus aguas con el país centroamericano. Eso sí, hay que resaltar que sigue con la plena jurisdicción de las islas de San Andrés y Providencia.

Ahora bien, hay un tercer caso que sigue abierto y este jueves la Corte Internacional de Justicia, desde La Haya (Países Bajos), leerá un fallo al respecto. Se trata de una decisión que podría no cerrar definitivamente la demanda. En este abecé le explicamos todo lo que debe saber.

¿Qué es lo que le reclama Nicaragua a Colombia?

El país centroamericano, el 16 de septiembre de 2013, interpuso una demanda en contra de Colombia ante la Corte Internacional de Justicia y reclama que tiene derecho a extender su plataforma continental más allá de las 200 millas marinas contadas desde su costa. Dicha extensión se prolongaría hasta el mar colombiano.

¿Qué es la plataforma continental?

Se refiere al lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que están en el marco de las 200 millas marinas contadas desde las líneas de base de cada Estado. A partir de estas se mide la anchura del mar sobre el cual los Estados tienen jurisdicción. La plataforma continental extendida (que es lo que reclama Nicaragua) es entonces la prolongación del continente bajo el mar que alcanza una extensión superior alas 200 millas marinas.

¿Qué hay en la plataforma continental extendida?

La plataforma que pretende Nicaragua se refiere al lecho y al subsuelo marino de las áreas submarinas que resultan de la supuesta prolongación natural de su territorio continental. En esta zona se encuentran recursos muy importantes, como reservorios de petróleo y de gas que se pueden explotar. 

Este espacio, en el caso de esta disputa y según lo que pretende Nicaragua, se ubica por debajo de la zona económica exclusiva de Colombia. Es decir, son las aguas más profundas que están abajo de la zona donde nuestro país tiene derecho de soberanía y jurisdicción para pescar, administrar los recursos naturales, realizar investigaciones científicas y preservar el medio marino, entre otros.

Es decir que si la Corte le da la razón a Nicaragua, habría un solapamiento con el mar colombiano.

Así se dividen las zonas y los derechos que tienen los Estados en las 200 millas.

¿Por qué es un riesgo lo que alega Nicaragua contra Colombia?

Carlos Arévalo, decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de La Sabana, explica que esto puede llegar a afectar la ejecución de los derechos marítimos que tienen Nicaragua y Colombia, porque habría derechos de los dos países que coinciden. “Por eso este fallo es tan importante, porque realmente se va a decir si Nicaragua tiene derecho a una plataforma continental extendida y cuáles son las consecuencias de eso”, expone.

¿Cuáles son los argumentos de Colombia frente a Nicaragua?

La posición de Colombia es que la plataforma continental extendida no es un derecho en sí mismo, sino un derecho establecido en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convemar), de la cual Colombia no hace parte y Nicaragua sí.

Por eso, el país ha insistido en que en este caso las normas de dicha convención, que hace parte del derecho convencional, no aplican, pues no reflejan “el carácter consuetudinario de la plataforma continental hasta las 200 millas marinas”. Lo anterior se refiere a las normas que no están escritas, pero que los países adoptan como obligatorias.

Por otro lado, el equipo de defensa de Colombia ha argumentado que los “derechos del país a una zona económica exclusiva con su correspondiente plataforma continental de 200 millas marinas prevalecen sobre las pretensiones de plataforma continental extendida de Nicaragua”.

En diciembre del año pasado, en las audiencias orales, el agente colombiano ante la CIJ, Eduardo Valencia-Ospina –exsecretario del alto tribunal y uno de los expertos más reputados en derecho internacional en el país–, enfatizó en que Colombia es “el primer país, y ojalá el último, que tendrá que defenderse en un caso en el que la totalidad del área supuestamente relevante se ubica más cerca de su costa que la del solicitante”.

Por otro lado, en ese momento, afirmó: “Nicaragua pertenece al club minúsculo y exclusivo de países que creen que las plataformas continentales extendidas pueden invadir los derechos de 200 millas náuticas de otros Estados”.

El agente colombiano subrayó en las audiencias orales de diciembre del año pasado que Colombia “se ajusta a la ley del mar” y “está firmemente respaldada por la práctica de los Estados, y está en línea con los puntos de vista de los Estados vecinos del mar Caribe que han protestado contra la petición desorbitada” de Nicaragua.

Nicaragua, por su parte, ha basado su defensa en que no hay ninguna norma que le prohíba extender su plataforma sobre las 200 millas en las que Colombia tiene jurisdicción.

¿Qué decidirá la Corte este jueves en el caso Colombia – Nicaragua y por qué podría no cerrarse definitivamente el caso?

El fallo se conocerá siete meses después de que se llevaron a cabo las audiencias orales de este litigio, en las cuales ambos países respondieron dos preguntas relacionadas puntualmente con aspectos jurídicos.

En diciembre del año pasado, los países debían señalar si, según el derecho internacional consuetudinario (costumbres legales que no están escritas pero que los países adoptan como obligatorias), el derecho de un Estado a una plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas de su costa puede extenderse dentro de las 200 millas náuticas de otro Estado.

Por otro, aclarar si existen criterios en el derecho internacional consuetudinario para determinar el límite de la plataforma continental más allá de 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial.

La Corte también indagó si los párrafos 2 a 6 del artículo 76 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convemar) reflejan el derecho internacional consuetudinario.

Teniendo en cuenta esto, tras escuchar los argumentos y deliberar, la Corte, con este fallo, busca aclarar si hay una norma en el derecho que aplique para este caso.

El equipo de defensa de Colombia advierte que, como esta decisión está enfocada en el aspecto jurídico, el fallo podría no cerrar definitivamente el caso, pues no se ha discutido en etapa oral ningún argumento científico o institucional. Por ende, el alto tribunal podría citar de nuevo a audiencias. Si esto sucede, los agentes aseguran que el país está preparado, pues los argumentos en esos dos aspectos se expusieron en la etapa escrita del proceso.

¿Cuáles son los escenarios en el litigio Colombia-Nicaragua?

Arévalo explica que si bien hay una discusión jurídica en curso y es difícil anticipar qué dirá la Corte, hay varios escenarios que se pueden prever.

Asegura que el que luce mejor para Colombia es ganar las dos preguntas y que la Corte determine que no hay derecho para extender la plataforma de Nicaragua y se cierre el caso.

“El peor escenario es que diga que sí ve que Nicaragua tiene un derecho y que eso puede llegar a afectar también los derechos de Colombia, por lo que tendría que entrar a revisar cómo se afectarían los derechos de Colombia para que se pueda materializar ese derecho que tiene Nicaragua”, explica.
Aclara que puede haber escenarios intermedios; es decir que en el fallo se le dé la razón a alguno de los dos países, pero que el caso continúe para evaluar otros aspectos que no se han discutido, como lo advirtió la defensa colombiana.

El decano agrega que este último panorama es viable porque fue un aspecto en el que se insistió en las audiencias: “Se habló de los temas alternos planteados por Nicaragua, que no iba a conocer la Corte y sobre los cuales Colombia tendría cosas por decir. Esa estrategia puede generar que la CIJ abra espacios para discutirlos porque las audiencias del año pasado estuvieron centradas en los dos puntos principales”.El equipo de defensa de Colombia está confiado en que los argumentos han sido sólidos para que la decisión sea favorable para el país. El fallo, que la tiene Corte en sus manos, no es apelable.

¿Cuáles han sido los fallos de las otras dos demandas de Nicaragua contra Colombia?

Nicaragua ha demandado a Colombia tres veces. La primera fue en 2001 y culminó con el fallo del 19 de noviembre de 2012. Ahí Colombia perdió espacio marítimo (al menos 70.000 kilómetros cuadrados de mar que se le dieron a Nicaragua), pero se ratificó la soberanía del país sobre las islas y cayos del archipiélago de San Andrés y Providencia. En ese momento, no acogió la pretensión del país centroamericano de extender su plataforma continental.

Después de dicho fallo, Nicaragua presentó dos demandas más en 2013. Una de ellas tuvo un fallo el año pasado, en ese momento la CIJ determinó que Colombia violó los derechos soberanos y la jurisdicción de Nicaragua en su zona económica exclusiva. La última demanda es la que está en curso y tendrá una decisión este jueves.

(El Tiempo)

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