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Corte Constitucional ordena permitir donar sangre a personas LGTB en Colombia

Nacional. La Corte Constitucional le ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social y al Instituto Nacional de Salud, INS, modificar sus normas para eliminar toda referencia que se haga de la orientación sexual y la identidad de género como grupos o factores de riesgo en la donación de sangre.

La decisión se conoce luego estudiar una tutela que presentaron dos hombres a los que se les negó donar sangre por tener una relación sentimental. La ponencia fue hecha por Gloria Stella Ortiz Delgado.

De acuerdo con el banco de sangre de la Fundación Valle del Lili indicó que  fueron diferidos porque los lineamientos del Ministerio de Salud y del INS sobre selección de donantes “prevén el diferimiento de los hombres que tienen relaciones sexuales con otros hombres, HSH, por ser una población de mayor riesgo de exposición al VIH”.

La Corte consideró que la población LGBTIQ todavía sufre de discriminación y homofobia, que se relaciona con ciertas patologías como es el caso del VIH,  “a pesar de que su contagio no depende de esto, sino de las prácticas sexuales riesgosas, como el sexo anal receptivo sin el uso de preservativos”, señaló la Corte.

La Corte advirtió que las conclusiones de esta sentencia se habían hecho diez años atrás cuando estudió una tutela similar y le ordenó al Ministerio de Salud tomar las medidas necesarias para detener la discriminación de hombres homosexuales en la donación de sangre. Sin embargo, se evidencia que las autoridades sanitarias no han cumplido la decisión.

  • El Minsalud tendrán sesis meses paa modificar el Manual de Normal Técnicas Administrativas y de Procedimientos para Bancos de Sangre, Resolución 3212 de 2018. El INS, tiene dos meses para hacer lo mismo con el Lineamiento Técnico para la selección de donantes de sangre en Colombia.
  • Ambas entidades también deberán desarrrollar campañas pedagógiocas dirigidas al público para difundir la prohibición de discriminación a la población LGBTIQ+ en la donación de sangre.
  • Una vez publicados los nuevos lineaminentos, ambas entidades tienen plazo de dos meses para capacitar al personal de salud sobre la modificación.
  • La Fundación Valle del Lili, el Ministerio de Salud y el INS deberán publicar esta decisión en sus páginas web y en sus perfiles de Facebook, Instagram y Twitter.
  • La Corte también le pidió a la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo hacer seguimiento al cumplimiento de todas estas órdenes.

Lo que persigue la medida de restringir esta posibilidad no es discriminar a nadie, sino proteger a todo el colectivo social de un riesgo grave.

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