Según la sentencia de la Corte Constitucional T-202 de 2024, se garantizan derechos esenciales como la igualdad de oportunidades laborales, la dignidad humana, el debido proceso, la intimidad, y el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, reafirmando así el principio de no discriminación.
Conoce la Sentencia T-202 de 2024
La mujer afectada estaba en proceso de selección para trabajar como agente en un centro de llamadas. Después de superar varias etapas y de que se instalaran programas específicos en su computadora para el desempeño del trabajo, la empresa le solicitó que se sometiera a exámenes médicos como paso previo a la firma del contrato.
Según la explicación de la empresa, estos exámenes de sangre tenían como propósito evaluar los niveles de creatinina en los candidatos. Sin embargo, llamativamente, esta exigencia se aplicó únicamente a las mujeres participantes, sin incluir a un hombre que también estaba avanzando en el proceso de selección para el mismo cargo.
Antes de que se conocieran los resultados de los exámenes médicos, la empresa comunicó a la mujer que no continuaría con el proceso de contratación. Ante esta notificación, la mujer decidió realizarse una prueba de embarazo por cuenta propia, la cual arrojó un resultado positivo.
En consecuencia, la futura madre solicitó a la empresa los resultados de los exámenes realizados y las razones específicas de su exclusión del proceso de selección, pero lamentablemente no recibió ninguna respuesta por parte de la empresa.
Este incidente desencadenó que la mujer decidiera interponer una acción de tutela para defender sus derechos. La Corte Constitucional, al analizar el caso, destacó que se estaba discutiendo un tema de discriminación en el acceso al empleo de las mujeres y su impacto en las decisiones reproductivas”.
Adicionalmente, en su sentencia la Corte subrayó cómo las mujeres embarazadas enfrentan situaciones de discriminación en el ámbito laboral, refiriéndose a ello como una forma de “sanción a la maternidad”.
Ante dicha situación, la mujer decidió llevar a cabo una tutela a la que la Corte Constitucional apeló a su favor: “La Sala determinó que el debate constitucional involucraba la discriminación en el acceso al empleo de las mujeres y el impacto que puede tener en sus decisiones reproductivas.
Para profundizar en ello, se refirió a los alcances del concepto de discriminación y cómo las mujeres gestantes se enfrentan a esta situación en el empleo. Evidenció que en Colombia se ha aplicado una “sanción a la maternidad”, en virtud de la cual las mujeres gestantes tienen dificultades para acceder y mantenerse en el empleo”.
En la decisión, la Corte ordenó al Ministerio de Trabajo:
- Diseñar una ruta especial para la atención de quejas o denuncias de presuntos actos de discriminación en los procesos de selección.
- Emitir un protocolo en donde defina las directrices para que las candidatas de procesos de selección puedan elegir el centro médico o laboratorio en dónde se realizarán los exámenes de sangre que les fuesen ordenados.
- Efectuar una inspección en las instalaciones de una de las empresas accionadas, debido a la existencia de indicios que darían cuenta de otras prácticas discriminatorias. (iv) Por último, exhortó al Congreso de la República a regular la etapa previa del proceso de suscripción del contrato de trabajo.
A su vez, la Corte exhortó al Congreso de la República a regular la etapa previa del proceso de suscripción del contrato del trabajo.