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Tutela contra convocatoria de Telecaribe podría retrotraer elección de Mabel Moscote

Barranquilla. Tras la escogencia de Mabel Moscote Moscote como gerente del canal Telecaribe, se dio a conocer una acción de tutela que podría retrotraer su elección.

La tutela fue presentada por John Ludgwing Medina Bolaño, porque según el demandante, se violó el debido proceso en la Convocatoria 003 del 2020 para la escogencia del Gerente en propiedad.

Medina, en el documento, señala que la Junta Administrativa Regional al hacer el nombramiento de la comisión accidental, dejó claramente plasmada una irregularidad, al nombrar como miembros de esa comisión a: la Gobernación de Bolívar, la Gobernación del Atlántico, la Gobernación de Sucre, la Universidad del Magdalena y la Universidad de Cartagena.

“Son entes ficticios o entidades de carácter jurídico, cuyo accionar por si solo es inexistente; ninguna de las entidades citadas como tal, se sientan a discutir en la Junta Administradora Regional, JAR, por imposibilidad física. Los verdaderos miembros de la JAR son personas naturales y que actúan en representación de las entidades citadas anteriormente, por lo tanto, la JAR, tenía y debía nombrar como miembro de la comisión Accidental a los seres humanos que integran la Junta Administradora Regional, JAR, y hacerlo en representación de las entidades anteriores citadas, mencionando a sus representantes que se encuentran en la mesa; todo lo anterior hace inexistente la Comisión accidental”, se lee.

Para el demandante existe otra irregularidad muy grave. Se trata de la falta del acta que la Junta Administradora Regional del Canal debía realizar para soportar las decisiones tomadas y en la cual tenían que quedar sentadas todas las discusiones asumidas por el órgano oficial, en cuanto a las hojas de vidas y los participantes.

Por lo anterior, en su tutela, Medina destaca que “la falta del Acta en donde esté sentada la conclusión de las posibles falencias que pudieron darse en contra de los aspirantes, hacen de esta decisión una grave irregularidad por la existencia misma de una imposibilidad para pedir claridades ante una eventual inconformidad de los afectados en torno a las decisiones que se suben en la página web del canal pero que no está sustentada en el documento físico”.

El aspirante, le dijo que la ausencia de esta acta en la cual debían señalar los factores que determinaron su exclusión de la convocatoria, no le permitieron defenderse de la decisión que determinó que solo reunía 58,8 meses de experiencia.

Incluso, manifestó que en respuesta a un derecho de petición que interpuso Medina Bolaño, el presidente de la Junta Administrativa Regional, reconoce que no existe acta que demuestre la existencia de la decisión de haberlo excluido del proceso y no muestra pruebas que demuestre que hubo una evaluación de su experiencia acorde como señalan los términos, consignados en la Convocatoria 003 de 2020 selección gerente Telecaribe.

Fuente: WRadio


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