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Anla apelará la decisión del Tribunal antioqueño en sanción a Hidroituango

La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales confirmó que —tras haber sido notificada— apelará la decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia que tumbó la sanción impuesta a Hidroituango en diciembre de 2019,  por la construcción del Sistema Auxiliar de Desviación.

El pasado 10 de abril, el tribunal profirió la sentencia en la que falló a favor de EPM en medio de una la acción de nulidad presentada por la empresa en 2021.

La decisión de las magistrada, además de tumbar la resolución y su respectiva apelación, ordenó reintegrar a EPM el valor de la multa con la indexación a la fecha, es decir, unos 6.855 millones de pesos.

De esta manera, será el Consejo de Estado el que deberá decidir, en segunda instancia, si confirma la sentencia o la revoca. Para la Anla, el proceso se trata de la “protección del patrimonio público y de los derechos ambientales protegidos en la Constitución y la ley“.

Y aseguró que la entidad: “adelanta sus actuaciones administrativas conforme a los procedimientos previstos en las normas especiales que los regulan y fundamenta sus decisiones en la protección sustancial del derecho a un ambiente sano como finalidad constitucional de su misionalidad”.

¿Por qué se tumbó la sanción?

Se conoció la decisión del Tribunal que tumbó la sanción por la construcción de la galería auxiliar que se taponó en 2018 y causó la contingencia en el proyecto hidroeléctrico.

Para la Anla, en Hidroituango se inició la construcción de este sistema de desviación sin haber tramitado la licencia ambiental respectiva.

Sin embargo, el Tribunal consideró que ese proceso sancionatorio transgredió la garantía al debido proceso y el derecho a contradicción y defensa de EPM.

El argumento principal fue que EPM no tuvo oportunidad de responder a las pruebas que se ordenaron posterior a los descargos, por lo que estas no pudieron ser controvertidas dentro del proceso.

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