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Reorganización empresarial, la opción que aún tienen Viva y Ultra para salvarse

Por la difícil situación económica que registraban, hace unos meses la Superintendencia de Transporte recomendó a la Superintendencia de Sociedades admitir en reorganización empresarial a las aerolíneas Viva Air y Ultra Air.

A raíz de esta solicitud, Viva Air entregó la información que establecer la ley y actualmente se encuentra en proceso de estudio. Entre tanto, Ultra Air tiene plazo hasta el próximo 24 de mayo para entregar la documentación requerida.

“En caso de admitir a las entidades al proceso de reorganización, se buscará cumplir con la finalidad prevista en el régimen de insolvencia en Colombia, de preservar empresas viables y socialmente responsables, y así mismo, proteger los derechos de los acreedores y a los usuarios perjudicados por el cese de las operaciones de las aerolíneas”, aseguró el superintendente de Sociedades, Billy Escobar.

Una vez sean admitidas, cada compañía tiene 10 días para actualizar el inventario y el promotor designado, bien sea el representante legal o un auxiliar de la lista, tiene dos meses para presentar los proyectos de calificación y graduación de créditos.

Posteriormente, del inventario y de los proyectos, se corre traslado por 10 y cinco días, respectivamente, tiempo en el cual los interesados pueden presentar objeciones en ejercicio de su derecho de contradicción, y de estas se corre traslado nuevamente por cinco días para que los interesados se pronuncien sobre las objeciones presentadas.

Luego de esta etapa, inicia un periodo de conciliación por 10 días y con su resultado, se cita a audiencia de Resolución de Objeciones, en la que el juez del concurso realiza el control de legalidad sobre las conciliaciones y allanamientos presentados por la aerolínea, y se pronuncia sobre las objeciones pendientes por resolver que no fueron ni conciliadas ni allanadas.

En esta audiencia, se otorga un término improrrogable de cuatro meses para presentar ante el juez del concurso el acuerdo de reorganización votado por la mayoría de los acreedores, y seguidamente, el juez cita a la audiencia de Confirmación del Acuerdo, donde revisará su legalidad y definirá si se confirma el mismo.

En caso de no confirmarse el acuerdo de reorganización, se termina el proceso de reorganización y se decreta la apertura del proceso de liquidación judicial.

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