Ley aclara si el uso de Waze o Google Maps mientras conduce le da multa en Colombia

Las aplicaciones de navegación se han convertido en uno de los aliados principales para los conductores en las carreteras del país. Apps como Waze, Google Maps, entre otras, ofrecen mayor facilidad para desplazarse dando rutas optimizadas, alertas de tráfico en tiempo real y ubicación de radares de velocidad.
Sin embargo, el uso indebido de estas herramientas mientras se conduce puede acarrear consecuencias económicas significativas, según lo estipula el Código Nacional de Tránsito de Colombia.
Aunque muchos conductores no lo saben, el uso constante de estas aplicaciones puede traerle multas, puesto que puede incurrir en infracciones e incluso ocasionar accidentes.
Esto dice el Código Nacional de tránsito sobre el uso de Waze y otras apps
La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) ha reiterado que una de las infracciones más comunes y sancionadas por los organismos de tránsito es la C38. Esta infracción se refiere a “conducir utilizando equipos móviles de comunicación o teléfonos que no permitan tener las manos libres y el uso de auriculares diferentes a los de manos libres”.
Aunque aplicaciones como Waze buscan facilitar la conducción, la manipulación del dispositivo móvil para interactuar con la aplicación mientras el vehículo está en movimiento se considera una violación a esta norma.
De acuerdo con la legislación colombiana, la infracción C38 está catalogada como una infracción de alto riesgo. Esto se traduce en una multa considerable que, para el año 2025, supera los $700.000 pesos colombianos. Este valor corresponde a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV).
El simple uso del celular con estas aplicaciones, ya aduce a una infracción. La ley exige que, de utilizarse un dispositivo móvil, este debe estar acoplado de manera segura al vehículo, permitiendo al conductor mantener ambas manos en el volante y la atención completamente en la vía.
El llamado para los conductores se hace que en caso de que deseen hacer uso de aplicaciones de asistencia vial, deben asegurarse de configurarlas antes de iniciar el trayecto y abstenerse de cualquier tipo de interacción con el teléfono mientras están en movimiento.
¿Qué dice exactamente la C38?
La infracción C38 del Código Nacional de Tránsito de Colombia, sanciona el uso de sistemas móviles de comunicación o teléfonos durante la conducción, a menos que se utilicen accesorios que permitan tener las manos libres.
Esto incluye acciones como hablar, escribir mensajes, leer correos, etc., mientras se está al volante, incluso si el vehículo está detenido en un semáforo.
La infracción también se aplica cuando el vehículo está detenido en un semáforo en rojo, ya que la ley considera que el conductor debe estar atento a las condiciones del tránsito.