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Bares y restaurantes no pagarán impuesto al consumo

Redacción. Con el propósito de contribuir a la reactivación del sector de bares, gastrobares y restaurantes entró en vigencia una ley aprobada por el Congreso de la República en la que se establece, entre otras medidas, una tarifa del 0% en el impuesto nacional de consumo para el 2021 en bares, gastrobares y restaurantes.

El presidente de Asobares, Camilo Ospina dijo que la Ley 2068 de 2020 sancionada por el jefe de Estado Iván Duque, contiene dos beneficios para este sector que fue uno de los más afectados por las medidas restrictivas decretadas por los gobiernos nacional, departamentales y municipales para contener el avance de la pandemia del coronavirus.

“El primero de ellos [es] la tarifa 0 % para el año 2021 para el impuesto nacional de consumo que cobramos los bares los gastrobares, los restaurantes formales del país. Y el segundo de ellos para esos bares y restaurantes que trabajan bajo la modalidad de franquicia tendrán exención del Iva también durante el 2021”, señaló.

De acuerdo con cifras de Asobares se han cerrado 41.000 restaurantes que generaban 500.000 empleos. Así mismo 50.000 bares y discotecas que sostienen a 250.000 familias, no pudieron operar con normalidad durante este año de pandemia.

Para contribuir en la reactivación del sector, además de la reapertura de puertas de estos establecimientos en el último mes, bajo estrictas medidas de bioseguridad, el gobierno radicó la iniciativa que se convirtió en Ley de la República.

La norma prevé que se fijará una tarifa del 0 % en el impuesto al consumo que pagan los bares y restaurantes, de acuerdo con el artículo 47 de la ley. Actualmente este impuesto tiene una tarifa del 8% sobre los productos vendidos a los clientes en estos establecimientos.

Así mismo, se establece una exclusión del impuesto sobre las ventas, IVA en contratos de franquicia.

“Los establecimientos de comercio que lleven a cabo actividades de expendio de comidas y bebidas preparadas en restaurantes, cafeterías, autoservicios, heladerías, panaderías, pastelerías y fruterías, para consumo, desarrollados a través de contratos de franquicia, se encuentran excluidas del impuesto sobre las ventas, IVA, hasta el 31 de diciembre de 2021”. señala el artículo 48 de la ley.

Otros beneficios para el sector turismo

Así mismo, la norma que entró en vigencia contiene nuevas herramientas de apoyo para San Andrés, Providencia y Santa Catalina como el destinar de los US$15 que se pagan de impuesto nacional al turismo, US$0.5 para invertir en la competitividad, promoción e infraestructura del departamento de San Andrés y otros US$0.5 directamente para la reconstrucción de Providencia y Santa Catalina, durante la vigencia 2021.

Entre las medidas tributarias transitorias de la Ley y que serán de gran ayuda se encuentra la reducción del IVA en los tiquetes aéreos que pasará del 19% al 5% hasta el 31 de diciembre de 2022; suspensión transitoria del pago de la sobretasa a la energía para los prestadores de servicios turísticos de los subsectores hotelero, alojamiento, eventos y parques; la reducción transitoria del impuesto al consumo al 0% y la exención del IVA para servicios de hotelería y turismo hasta el 31 de diciembre de 2021.

También se elimina el pago de la sanción para la reactivación del Registro Nacional de Turismo (RNT) hasta marzo de 2021.

Sumado a lo anterior, prevé herramientas de atracción de inversión en el sector mediante la ampliación de la tarifa especial del 9% del impuesto sobre la renta para la construcción de hoteles nuevos, parques temáticos nuevos y remodelación de estos, de igual manera el tiempo de construcción se amplió de 4 a 6 años.

Además, en este beneficio se incluyeron los servicios prestados en nuevos centros de asistencia para el turista adulto mayor.

“La Ley 2068 de 2020, la nueva Ley de Turismo, ayudará a nuestro sector, que sin lugar a dudas ha sido uno de los más afectados no solo en el país sino a nivel mundial, y esta nueva Ley trae medidas de reactivación fundamentales para fortalecer el desarrollo del turismo, pero también incluye otras medidas asociadas a la sostenibilidad turística y a la calidad que van a permitir que Colombia se posicione en el largo plazo como un destino de muy alta calidad y orientado a la conservación del patrimonio”, declaró el Viceministro de Turismo, Julián Guerrero Orozco.

En el tema de plataformas, la ley sancionada equilibra la cancha con unas reglas de juego claras para todos, donde no existan vacíos legales que privilegien a unos prestadores sobre otros. Al igual que los otros prestadores de servicios turísticos, las plataformas deberán contar con el Registro Nacional de Turismo (RNT) y quienes anuncien sus servicios a través de ellas deberán contar también con este requisito, es decir, tener el RNT. Este registro es gratuito y en línea.

En otros temas a través de esta nueva Ley de Turismo se eliminan barreras de todo tipo para el disfrute de las actividades turísticas al establecer el principio de la Accesibilidad Universal; el Mincomercio se vincula a la Iniciativa Mundial de Turismo y Plásticos, y se adoptan medidas de mitigación y adaptación al cambio climático dirigidas a minimizar la huella de carbono.

Así mismo, se darán temas como descuentos en renta para inversiones realizadas en control, conservación y mejoramiento del medio ambiente y medidas especiales para contrarrestar la erosión marítima en los municipios que tengan zona costera o de playas.

También, la seguridad de los turistas a través de la existencia de personal de rescate o salvavidas en las playas turísticas y la ampliación de las oportunidades de formación como guías de turismo a las comunidades y habitantes de los diferentes territorios del país, mediante el reconocimiento de sus saberes.

De acuerdo con el Gobierno nacional, “esta ley contribuirá a la paz, la reconciliación y la unidad nacional mediante el fomento del turismo por la memoria en destinos de interés conforme a iniciativas locales, regionales y nacionales”.

Semana.com


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