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CNE multó a Datexco, mano dura contra encuestadoras para 2022

Resacción. Una reciente sanción del Consejo Nacional Electoral (CNE) contra Datexco, puede terminar marcando la pauta de una línea dura para evaluar el trabajo de las encuestadoras de cara a las elecciones de 2022. Tres encuestadores afirman que este tipo de sanción no tiene precedentes.

La multa fue por una irregularidad en una encuesta que hizo Datexco para las elecciones locales de 2019. Pero el CNE tomó la decisión partiendo de una interpretación que no había hecho antes de las normas, que podría reforzarse de ahora en adelante si entra en vigencia el nuevo Código Electoral.

El Código les da más poder a los magistrados del CNE, elegidos por políticos, frente a las encuestadoras. Y la sanción llega justo cuando empiezan a publicarse encuestas sobre el partidor presencial de 2022.

La multa

El 10 de marzo el CNE decidió multar a Datexco con 22,7 millones de pesos. La sanción fue por no haber publicado en su ficha técnica todos los datos sobre el margen de error de una encuesta, que hizo para La W, sobre intención de voto para las elecciones locales del 2019 en cuatro ciudades. La W publicó los resultados el 6 de agosto de 2019, en plena campaña.

Fue una decisión unánime en la que votaron los ocho magistrados presentes ese día en la sala plena. Son nueve, pero Jaime Lacouture estaba ausente. Por ahora es de primera instancia y tiene un recurso de resposición ante el mismo CNE que hace prever que se mantendrá.

La encuesta tenía una muestra de 2.100 personas para medir la intención de voto para las alcaldías de Bogotá, Medellín, Cali y Cartagena, y anunciaba los resultados con un margen de error de 2,14 por ciento.

A Juan Sebastián Garzón, un académico interesado en temas electorales, le inquietó que la ficha técnica presentara ese único margen para todas las ciudades. Como el estudio midió cuatro ciudades e hizo una encuesta en cada una, él argumentó que entonces Datexco debió publicar el margen de error por cada ciudad.

Garzón calculó los márgenes de cada ciudad: 2,8 por ciento para Bogotá, 4,9 para Cali, 4,9 para Medellín y 8,2 por ciento para Cartagena.

“Estaban presentando una encuesta con un margen de error mucho más bajo del real, sin aclarar que era diferente por ciudades. A mí me pareció una locura y puse una queja en el CNE”, le dijo Garzón a La Silla Vacía. Un año y ocho meses después el CNE le dio la razón a Garzón y multó a Datexco.

De acuerdo con la decisión, “el margen de error y el nivel de confianza se calculó de manera inexacta, al haberse reemplazado en una sola encuesta datos relacionados con los estudios estadísticos realizados en 4 ciudades diferentes; además, se advirtió que la firma encuestadora incumplió la normatividad por reportar incompleta la ficha técnica de la investigación al Consejo Nacional Electoral, puesto que la misma no contenía las preguntas formuladas por DATEXCO COMPANY S.A., en cada ciudad encuestada”.

Datexco se defendió diciendo que no tenía por qué presentar cuatro márgenes de error porque hizo “una sola encuesta” que, claro, tenía cuatro cuestionarios diferentes para cada ciudad porque los candidatos eran diferentes. Sin embargo, el CNE concluyó que eso, desde el punto de vista técnico, no tenía razón de ser.

Un precedente con dudas jurídicas y un debate político

La Silla Vacía habló con los encuestadores Martín Orozco, de Invamer; César Caballero, de Cifras y Conceptos, y Alejandro Pinzón, de Guarumo; y con Leandro Izquierdo, director de la Asociación Colombiana de Empresas de Investigación de Mercados y Opinión Pública (Acei).

Todos coincidieron en que no conocen un antecedente de una sanción como la que le puso el CNE a Datexco. En esta encuestadora no respondieron las preguntas que les enviamos por correo.

Izquierdo, director del gremio de las encuestadoras, dice que “esto sienta un precedente. El CNE toma la decisión con base en una ley de 1996 que no establece parámetros específicos de cuál debe ser el error muestral, si el margen de error se debe presentar de manera general o por ciudad”.

En efecto, la resolución con la sanción del CNE a Datexco cita normas como esta y esta, que piden la publicación del margen de error en la ficha técnica. Ahí, sin embargo, no es explícito que se deba hacer por ciudades, en caso de que se haga una encuesta como la que hizo Datexto en cuatro capitales. Tampoco, que en caso de sobrepasar un margen de error esa encuesta no deba publicarse.

A diferencia de Datexco, en la campaña de 2019, encuestadoras como Invamer y Guarumo sí publicaron el margen de error por ciudades. Pero, como le dijo a La Silla Martín Orozco, de Invamer, aunque normalmente lo hacen, “no es una obligación”, que esté en la ley.

Por eso, el caso de Datexco puede detonar una pelea de abogados sobre si el CNE fue más allá en la interpretación de la norma sobre encuestas. Y al tiempo genera una discusión más política.

Por un lado, sobre el papel, y el poder, de los magistrados para tomar decisiones sobre encuestas y encuestadores. A eso le apunta Izquierdo, de la Acei: “El CNE, por ser político, tiene presiones y eso es entendible, pero debe atenerse a la ley”. Por el otro, sobre la intención de las encuestadoras de que no las regulen tanto.

Lo que se está viendo es que el CNE (y los políticos) por ahora van ganando, más con lo que se viene con el nuevo Código Electoral.

Lasillavacia.com


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