Los influenciadores Yina Calderón, Yeferson Cossio, Luisa Castro y Mariam Obregón, quienes no habrían entregado a sus seguidores información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable y precisa sobre los productos promocionados y, por tanto, los habrían inducido al error, podrían recibir una multa cercana a los 2.320 millones de pesos por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) si les comprueba que incurrieron en publicidad engañosa frente a sus seguidores.
La Superindustria señaló que encontró varias irregularidades en la forma como operan dichos influenciadores, a algunos de los cuales ya les había solicitado ajustar sus procedimientos sin conseguirlo, por lo cual procedió abrir las respectivas investigaciones que le permitan determinar si hay mérito para aplicar las millonarias multas.
Según la SIC, Yina Calderón S.A.S., presuntamente no acató las órdenes impartidas el 10 de agosto del año pasado por la autioridad, en las que le solicitaba suministrar a los consumidores información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable y precisa sobre los tiempos de entrega, sobre su política de cambios y sobre el derecho de retracto de los productos promocionados.
En cuanto a Grupo Cossio S.A.S., la autoridad del mercado dijo que evidenció una posible publicidad engañosa, teniendo en cuenta que, Yeferson Cossio aparentemente realizó afirmaciones objetivas sobre los resultados que se podían obtener al realizar el curso “Método Cossio”, el cual según lo publicitado, tenía como propósito enseñar a monetizar las redes sociales y cuyo único soporte era la experiencia del mismo influenciador, lo que según la SIC podría inducir a error a los consumidores respecto de los resultados que se lograrían al realizar ese curso de formación.
Captación de dinero
Frente a LCompany S.A.S. y Cuatro 44 Inversiones S.A.S., la Superindustria encontró que, al parecer, las influenciadoras Luisa Castro y Mariam Obregón, no atendieron los requerimientos realizados por la entidad de allegar la publicidad emitida sobre los servicios de captación de dinero, que promocionaban a través de sus redes sociales, ni informaron sobre su relación comercial con el anunciante para promocionar dichos servicios, con lo cual, se pudo inducir en error a los consumidores.
La SIC dejó claro que contra los actos administrativos por medio de los cuales se formularon cargos a dichos influenciadores, no procede ningún recurso.
También precisó que, luego de adelantarse la correspondiente investigación administrativa se confirma la vulneración por parte de esas empresas, se podrán imponer multas cercanas a los 2.320 millones de pesos a cada una.