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Desde hoy se reduce la jornada laboral en Colombia a 46 horas

Desde hoy se reduce la jornada laboral en Colombia a 46 horas

A partir de este lunes 15 de julio se redujo la jornada laboral en Colombia, con ello los trabajadores de Colombia pasarán de laborar 48 a 46 horas a la semana.

Esta reducción de la jornada laboral se hace en obediencia a la ley 2101 de 2021 con la que “se reduce la jornada laboral semanal de manera gradual, sin disminuir el salario de los trabajadores”.

Desde hoy se reduce la jornada laboral en Colombia a 46 horas

¿Hasta cuánto busca llegar la reducción gradual de la jornada laboral?

Con la ley anteriormente citada se trabajaran 230 horas al mes, sin embargo, la meta es conseguir una reducción gradual hasta llegar a laborar 42 horas a la semana para 2026.

Esta reducción, asegura el Ministerio de Trabajo, no debe afectar los derechos de los trabajadores como el salario devengado o el ingreso mensual mínimo establecido.

“La disminución de la jornada máxima laboral implica un aumento en el valor de la hora diaria, dado que, por menos tiempo laborado, el trabajador continuará devengando la misma remuneración”, aseveró el Ministerio de Trabajo.

Así las cosas se espera que el 15 de julio de 2025 se reduzcan dos horas y para la misma fecha del 2026 se reduzcan otras dos horas para finalmente conseguir la meta establecida por la ley. Vale la pena aclarar que si bien la reducción de la jornada laboral inicia el 15 de julio, esta empezará a verse reflejada el 16 de julio.

La ley 2101 asegura que “la disminución de la jornada de trabajo no implicará la reducción de la remuneración salarial ni prestacional, ni el valor de la hora ordinaria de trabajo, ni exonera de obligaciones en favor de los trabajadores”.

Desde hoy se reduce la jornada laboral en Colombia a 46 horas

Así se pagarán los recargos nocturnos y dominicales con la reducción de jornada laboral

Debido a que la reducción de la jornada laboral no impacta en el ingreso devengado por los trabajadores, el pago de nocturnos y dominicales queda así:

El recargo nocturno se remunera con un adicional del 35% sobre el precio de la hora ordinaria y los domingos y festivos se suma un precio del 75% adicional.

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