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Prima de servicios: ¿cuándo se debe pagar la prima de mitad de año?

La prima de servicios consiste en el reconocimiento de una suma de dinero a favor de un empleado al completar un año de trabajo una entidad pública o privada, teniendo en cuenta que es procedente siempre y cuando esté contemplado en el contrato de trabajo.

De acuerdo con la página oficial del Ministerio del Trabajo de Colombia, entidades públicas de carácter territorial y nacional tienen la obligación de reconocer este aspecto salarial en los primeros 15 días del mes de julio.


Además, tenga en cuenta que tiene derecho a la prima de servicios al 30 de junio así tenga menos de seis meses de vinculación a la entidad.

En el caso de los trabajadores del sector privado se divide en dos, es decir, es de carácter anual, pero se paga semestralmente. Las fechas límites para pagar la prima de servicios son 30 de junio -la primera parte- y el 20 de diciembre -la segunda parte-.

El pago de la prima de servicio corresponde al equivalente a treinta días de salario, quince semestrales en caso de estar dividida en dos.

Además, factores importantes de su salario como los incrementos por antigüedad, los auxilios de alimentación y transporte, la bonificación por servicios prestados y más influyen directamente en la liquidación de esta prima.

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