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Corte Constitucional tumbó decreto de Petro sobre Estado de Emergencia en La Guajira

La Corte Constitucional tomó la decisión, este lunes 2 de octubre, de declarar inexequible el Decreto 1085 de 2023, con el que el gobierno de Gustavo Petro pretendía declarar al departamento de La Guajira en Estado de Emergencia económica, social y ecológica, a raíz de la crisis humanitaria por la que atraviesan las comunidades en ese territorio por cuenta de la falta de acceso a servicios básicos vitales.

La Sala plena llegó a esta conclusión después de estudiar con detalle la ponencia que presentó la magistrada Natalia Ángel Cabo, a través de la que argumentó los motivos por los cuales había sido necesario unir, en un solo recurso, todos los elementos estructurales que comprendían la crisis.

La Sala también exhortó al Gobierno nacional y al Congreso de la República para que, “en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales ordinarias, adopten las medidas necesarias para superar la grave crisis humanitaria estructural que existe en el departamento de La Guajira constatada en la Sentencia T-302 de 2017 y, con ello, se garantice la efectividad de los derechos fundamentales de las personas que habitan en esa zona del país”.

Asimismo, hizo un llamado para que fortalezcan las instituciones previstas en el ordenamiento jurídico con competencias en materia de cambio climático y le asignen los recursos que las circunstancias demanden.

Es de señalar que otro de los elementos que influyó en decisión, además de la propuesta presentada inicialmente por la magistrada Natalia Ángel, fue la Sentencia C-383 2023. Esta fue estudiada junto con una ponencia conjunta de la magistrada Diana Fajardo y el magistrado José Fernando Reyes. Salvaron su voto, las magistradas Ángel y Cristina Pardo y el magistrado Juan Carlos Cortés, mientras que el magistrado Jorge Enrique Ibáñez y la magistrada Paola Meneses aclararon su voto y el magistrado Alejandro Linares reservó su aclaración de voto.

Durante la presentación de motivos, varios organismos del Estado compartieron sus razones a favor y en contra del Decreto, las que finalmente fueron dirimidas por la Corte, y la llevaron a tomar su decisión.

Este fallo sienta un precedente constitucional, ya que no es el único Decreto que pretende atender la emergencia humanitaria en La Guajira. Se han expedido en el pasado 11 medidas más de este tipo. Además de que la misma Corte declaró en 2017 un Estado de Cosas Inconstitucional (EIC) frente a la situación de extrema pobreza y desnutrición por la que atraviesa la niñez Wayúu.

Cabe recordar que la medida excepcional que buscaba implementar el presidente Gustavo Petro se centraba en la seguridad y soberanía alimentaria, a través de la financiación, comercialización, transporte, venta y distribución de productos agropecuarios y la titulación de tierras.

Dichas medidas las presentó el mandatario a la Corte el pasado 11 de agosto, a través de una audiencia pública, que contó con la participación de la gobernadora (e) de La Guajira, Diala Wilches.

El jefe de Estado manifestó que, por medio de este, el Gobierno podría tomar medidas directas para atender la crisis, las que no podrían ser llevadas a cabo por las vías ordinarias.

Además de subrayar, durante su intervención, que el departamento está en riesgo de enfrentarse a una situación peor, por cuenta de la crisis climática, que se ha hecho evidente con el aumento de las temperaturas. En los últimos meses, han llegado a los 50 grados celsius.

Tomado de: El Colombiano.

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